REGLAMENTO
SubwayCard Guatemala
REQUISITOS Y CONDICIONES DEL PROGRAMA PROMOCIONAL Y DE FIDELIDAD
«SUBWAY CARD» GUATEMALA.
PATROCINADOR, DESCRIPCIÓN, OBJETO,
PERSONAS PARTICIPANTES Y GENERALIDADES
DEL PROGRAMA
1 – El presente programa promocional pertenece a Restaurantes Subway Guatemala, quién en adelante se conocerá como “Subway Guatemala” o solamente “Subway”, o simplemente el patrocinador, a nombre de su tarjeta de cliente frecuente “Subway Card”.
2 – Subway Card es un programa que pertenece a Restaurantes Subway Guatemala, para premiar la fidelidad de sus clientes, mediante el ofrecimiento de beneficios para ingresar y mantenerse activos en el programa, en especial el canje de los puntos a los que tiene derecho por alimentos de Subway o participar en promociones.
3 – Las personas que deseen participar en el programa SubwayCard deberán inscribirse llenando el respectivo formulario, ello al momento de comprar cualquiera de los
productos Subway, tanto en restaurantes como a través del Servicio a Domicilio.
4 – Los productos participantes son todos aquellos que Subway ofrece en sus establecimientos, y todos aquellos que en el futuro se integren y sean promocionados dentro del programa o del negocio.
No obstante, si algún producto de uno o más establecimientos se encuentra en una oferta especial, podría ser que no participe del programa, pero para ello se hará saber en cada establecimiento.
5 – Independientemente de lo dicho en el punto anterior, Subway también podrá realizar promociones especiales, sean propias de la empresa, o asociado a un tercer participante. Estas promociones tendrán siempre su mecánica especial y se regulan por el Sub -Reglamento que aparece al final de este documento. En forma adicional, si una promoción requiere de su propio reglamento, todos se aplicarán en concordancia con éste, que se considera el general. Estos reglamentos cuando sea necesario, serán indivisibles y complementarios entre sí, sobre todo cuando se trate de aplicar e interpretar cada promoción y su mecánica en particular. Para cualquier mecánica o promoción el interesado deberá cumplir con las disposiciones de este reglamento, así como las que se indiquen para participar en cada una en particular.
6 – Cada promoción y su mecánica estará sujeta a fechas y horarios a los que los usuarios e interesados deberán ajustarse. Pueden coexistir varias promociones a la vez, que salvo que se disponga en contrario, serán excluyentes entre sí, es decir son mecánicas de participación diferentes en las que podrán participar los clientes.
7 – Le pertenecen a Subway Guatemala, todos los derechos de autor que nazcan y que se deriven de la implementación de este programa, incluyendo toda la publicidad y todo el material impreso o audiovisual de apoyo relacionado que se utilice, tanto para el programa como para cada promoción; así como el uso de medios electrónicos y cibernéticos, además de
la mensajería de texto, publicidad inalámbrica y demás medios de los que disponga Subway Guatemala en cuanto a su contenido.
8 – Subway no reclama derechos sobre las marcas de terceros que participan en calidad de copatrocinadores y/o proveedores y que se puedan llegar a mencionar en la publicidad y demás formas de comunicación de sus promociones o del programa.
9 – Solamente podrán participar personas físicas mayores de 18 años, (ciudadanos guatemaltecos o extranjeros residentes en condición legal) que cuenten con un documento de identificación válido y al día, reconocido por el Gobierno de la República de Guatemala. Sin embargo se permite la participación de menores de edad, a los fines de adherirse al programa, sin embargo en caso de promociones y retiro de premios, éstos solamente se entregarán a uno de los padres o tutor legal.
10 – Solo se admiten consumidores finales, de tal suerte que personas, empresas y compañías que de una u otra forma adquieran los productos para terceras personas, no participan. Si Subway detecta esta anomalía, inmediatamente cancelará la membresía.
11 – El programa SubwayCard es válido únicamente dentro del territorio de la República de Guatemala y sus beneficiarios serán, exclusivamente, los tarjetahabientes del programa SubwayCard aquí reglamentado.
12 – Al inscribirse en el programa SubwayCard el tarjetahabiente acepta, de pleno derecho, cada una de las condiciones establecidas en el presente Reglamento.
- DEFINICIONES MÁS COMUNES
13 – En adelante se entenderá por: “base de datos”: es el sistema con y en el que se acumulan todos los puntos acreditados a los clientes, por fecha a los fines de reclamo y vencimiento. En su caso, de la base de datos se preparará el archivo electrónico para cada sorteo de cada promoción.
14 – “Beneficios”: son en primera instancia los productos alimenticios ofrecidos a la venta en Restaurantes Subway de Guatemala, para ser canjeados de acuerdo con el puntaje del tarjeta habiente y conforme a este Reglamento. También serán cuando corresponda, los premios, descuentos o beneficios se podrán ofrecer para todos los usuarios o por segmentos o tipo de cliente, como promociones.
15 – “Canje”: ese el acto de reclamar los “puntos”, por alimentos de los establecimientos.
16 – “Cliente”: se entiende la persona que con cierta frecuencia adquiere productos SUBWAY y que se suscribe al programa SubwayCard, siempre y cuando cumpla con este reglamento y con la promoción del caso, y la mecánica que aplique en ese momento. Cuando en este reglamento se indique “interesado”, es el cliente que tiene expectativas de participar y/o ganar un premio. Todo cliente es considerado “consumidor final”
17 – “Consumidor final”: toda persona que adquiere para los productos del programa o los promocionados o participantes de una promoción. En este reglamento cuando se diga “cliente”, se considera sinónimo de “consumidor final”.
18 – “Consumo”: la compra racional que realizan los seres humanos para llenar, cubrir o abastecer sus necesidades, no importa la naturaleza de ellas. Para los efectos de este reglamento, se trata de los productos que SUBWAY ofrece y que le permiten al cliente participar en ya sea en el programa o en alguna promoción.
19 – “Favorecido o favorecida”: la persona que resulte seleccionada como tal en un sorteo y que para ser declarada como ganadora, debe cumplir con el reglamento y firmar el documento respectivo. También es la persona que resulte favorecida con un beneficio directo (como productos).
20 – “Ganador o ganadora”: la persona que habiendo sido favorecida o favorecido, y cumpliendo con todos los requisitos en una promoción, acepte el premio por medio de documento elaborado a tal efecto.
21 – “Mecánica” o “mecánicas”: son las formas de participar en cada promoción del programa promocional.
22 – “Patrocinador”: es SUBWAY y sus co-patrocinadores.
23 – “Productos”: son todos los productos que Subway ofrece en sus establecimientos, y todos aquellos que en el futuro se integren y sean promocionados dentro del programa.
24 – “Programa de lealtad”: es la actividad aquí regulada, para premiar la fidelidad de sus clientes, mediante el ofrecimiento de premios, descuentos, y otros beneficios para ingresar o mantenerse activos en el programa.
25 – “Programa promocional”: el conjunto de actividades paralelas a este programa que Subway ofrece a sus clientes, para estimular la compra de sus productos y así obtener premios, beneficios o descuentos.
26 – “Promociones”: cada una de las actividades del programa promocional, cada promoción tiene su propia mecánica de participación, que se describe abajo de este documento. Las promociones además se regulan por el Sub-Reglamento de Promociones del programa.
27 – Los tarjetahabientes según sus compras, se dividirán en: REGULAR, BRONCE, PLATA, ORO y/o PLATINO. Este rango se alcanza por el nivel de compras semestrales que realice el tarjetahabiente, según se explica en los siguientes puntos.
28 – Con el propósito de clasificar al tarjetahabiente en alguno de los niveles preferenciales, el patrocinador hará cortes de los puntos acumulados entre el primero de enero y el treinta de junio de cada año (primer semestre de cada año), y entre el primero de julio y el treinta y uno de diciembre de cada año (segundo semestre de cada año). Por lo que los puntos se vencerán si no hay transacciones (compra) durante el plazo de 6 meses.
29 – Para clasificar en alguno de los niveles anteriormente mencionados, el tarjetahabiente debe alcanzar el siguiente puntaje mínimo generado por compras directas para cada escala, en un periodo de seis meses:-
– PLATINO: un mínimo de TRESCIENTOS VEINTICINCO puntos.
– ORO: un mínimo de CIENTO VEINTICINCO puntos.
– PLATA: un mínimo de CINCUENTA puntos.
– BRONCE: un mínimo de VEINTICINCO puntos.
30 – El tarjetahabiente podrá disfrutar los siguientes beneficios, según la clasificación preferencial por él obtenida:
- PLATINO: DOS puntos por cada dólar de compra.
- ORO: UNO PUNTO SETENTA Y CINCO puntos por cada dólar de
compra.
- PLATA: UNO PUNTO CINCUENTA puntos, por cada dólar de
compra.
- BRONCE: UNO PUNTO VEINTE Y CINCO puntos por cada dólar
de compra.
- REGULAR: UN PUNTO por cada dólar de compra.
31 – Para alcanzar y mantener alguno de los niveles preferenciales, el tarjetahabiente debe acumular el puntaje requerido en el transcurso del semestre correspondiente, conforme se ha dicho:
. El puntaje necesario para clasificar en cualquiera de los niveles será solamente el obtenido por sus compras directas
. El puntaje reclamado por el tarjetahabiente en bonificaciones o beneficios por clasificación o puntos extras no se incluirá para determinar la clasificación de nivel del tarjetahabiente.
32 – No acumula puntos las compras de cupones a Subway Oficinas Centrales (Corporativas o todas aquellas que no sean por medio de cajero en el punto de venta), o cupones del programa de Incentivos Empresariales.
33 – La tarjeta físicamente hablando es igual para todos, será el sistema el que determine el nivel de cada cliente.
34 – Si el tarjetahabiente alcanza alguno de los niveles indicados, antes de terminar el periodo de evaluación, el patrocinador lo clasificará inmediatamente en el respectivo nivel
y de esa fecha en adelante, hasta la siguiente evaluación, podrá obtener los beneficios que al efecto corresponden.
35 – El mecanismo de acumulación y vencimiento de puntos iniciará en la fecha en que el tarjetahabiente presente en la caja su SubwayCard por primera vez.
36 – Al tarjetahabiente se le acreditarán o restarán tantos puntos como compras o canjes, respectivamente se registren a su nombre, de acuerdo con las condiciones y plazos establecidos en este Reglamento y sus modificaciones.
35 – Los puntos acumulados no tienen valor monetario, comercial o mercantil, no pueden ser transferidos ni vendidos, tampoco pueden ser canjeados por terceras personas.
36 – La tarjeta SubwayCard es de uso personal e intransferible. No se permitirá la acumulación de puntos a un tarjetahabiente por compras de terceros.
III. CANJE Y PUNTOS
37 – El programa beneficia a todo aquel tarjetahabiente que teniendo puntos acumulados y no vencidos, pueda reclamar el alimento que de acuerdo a la tabla de canjes le corresponda.